Impuestos compra vivienda.

San Juan de Gredos
Los impuestos que deben tenerse en cuenta en una operación de compraventa varían en función de si te trata de una vivienda nueva o de segunda mano. Cuando estamos buscando casa, debemos tener en cuenta también los impuestos que hay que pagar. Esta serie de gastos e impuestos suelen oscilar en torno al 10% sobre el valor total del inmueble. Todos estos gastos se desembolsan cuando se realiza la firma de la escritura ante notario o cuando ésta se inscribe a los pocos días en el Registro de la Propiedad. Si se trata de una vivienda nueva, el impuesto correspondiente es el IVA, que es el mismo para todo el Estado, aunque cambia si se trata de vivienda libre o VPO. Pero si la vivienda en cuestión es de segunda mano, se debe aplicar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este impuesto es diferente en cada Comunidad Autónoma. El tipo general oscila entre el 4 y el 10%, si bien no hay que olvidar en algunas comunidades este impuesto es progresivo, y se aplican tipos ligeramente superiores (del 8 a 11%) para los tramos más altos (normalmente, a partir de 400.000 euros). En la comunidad de Castilla y León este impuesto es el 8%.
En el caso de comprar una vivienda de nueva construcción debemos tener claro que se aplica el IVA. Este impuesto lo paga el comprador exclusivamente en la transmisión de una vivienda nueva, es decir, en la primera entrega de la vivienda realizada por el promotor/constructor al comprador. Tiene un tipo impositivo del 10%. Hay más. El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) grava la formalización de documentos públicos (notariales, mercantiles y administrativos) en transmisiones de inmuebles no exentas de IVA. Su base de cálculo en las hipotecas es la responsabilidad hipotecaria y, en la primera transmisión de compra de una vivienda, el precio que aparece en la escritura pública. El IAJD lo debe pagar el comprador del inmueble y el tipo impositivo es según la comunidad Autónoma.

Castilla y León Tipo general 1,5% 0,5% para aquellas personas que vayan a adquirir una vivienda o un préstamo hipotecario, sean: titulares de una familia numerosa, o tengan una discapacidad de al menos el 65%, o menores de 36 años y sea su primera vivienda. 0,01% si documentan la adquisición de viviendas habitual, todos los adquirentes son menores de 36 años, es su primera vivienda para cada uno y el inmueble está situado en un municipio de Castilla y León de menos de 3.000 habitantes o de menos de 10.000 si dista más de 30 kilómetros de la capital de la provincia. 

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