Negociar entre particulares.

Precauciones básicas. Muchas transacciones, en especial de inmuebles, se hacen entre particulares que venden y compran. Las ventajas para unos y otros son evidentes.
Sin embargo, conviene andarse con cuidado: toda precaución es poca en estos casos, y en especial si la compraventa es directamente entre particulares.Multitud de personas quieren vender o comprar de forma particular, sin intermediarios. El vendedor gana así algún dinero y el comprador puede ahorrarse algo sobre lo que le valdría dicho producto a través de intermediarios. Con ideas claras sobre los trámites que hay que seguir y algunos consejos prácticos, es posible agilizar la transacción y evitar fraudes.
Compraventa de viviendas.

Si el bien que se va a comprar es un inmueble, el comprador debe seguir varios pasos que garantizarán su seguridad. Antes de comprar la casa:

-Acuda al Registro de la Propiedad para solicitar nota simple para comprobar el titular de la vivienda y posibles cargas.

- Compruebe con la comunidad de propietario si el vendedor está al corriente de pago, ya que el comprador responde por las deudas de los meses vencidos de las anualidades en curso y anterior; hablar con algún vecino sobre si hay alguna obra aprobada, si la vivienda está alquilada...

- Diríjase al área de urbanismo del ayuntamiento para averiguar si el edificio ha pasado la Inspección Técnica de Edificios o tiene que hacerlo, si tiene cargas urbanísticas y si requiere cédula de habitabilidad o similar.

- En Hacienda debe verificar si está pagado el Impuesto de Bienes Inmuebles, así como la valoración mínima de la vivienda.

Después de formalizada la transacción en escritura pública, aún no ha acabado su tarea, pues todavía debe hacer:

- Liquidación y pago de los impuestos correspondientes (ITP, IIVTNU, plusvalía) en Hacienda.

- Inscribir la compraventa en el Registro de la Propiedad.

- Todos estos trámites se pueden hacer personalmente. No obstante, si se firma un préstamo o una subrogación, el banco obligará a que los trámites de su inscripción registral se hagan a través de una gestoría.

Consejos básicos.

1. Infórmese previamente de todos los gastos y tributos que gravan el producto adquirido, especialmente en el supuesto de compra de una vivienda: pueden alcanzar el 10% del precio de la casa.

2. Todo lo que las partes acuerden debe quedar recogido en un documento escrito y firmado en todas sus hojas por todos los intervinientes. Quédese con una copia de ese documento.

3. En caso de discrepancias entre las partes, al tratarse de contratos entre particulares, no se utilizan las vías de reclamación previstas en la legislación de los consumidores y usuarios. Habrá que acudir por tanto a los tribunales ordinarios. Sin embargo, es recomendable que intenten antes una conciliación, presentando una papeleta ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio del demandado, que no necesita ir acompañada de firma de abogado o procurador.

4. Si va a vender algún bien, recuerde que una adecuada y detallada descripción del artículo ayuda mucho en la compraventa; mucho mejor aún si hay fotos y descripción de superficies.

5. Obtenga la mayor información posible del vendedor, asegurándose de que el contrato de reserva refleja: nombre completo, dirección postal, teléfono fijo, título de propiedad, datos de inscripción registral, referencia catastral… y compruebe que los datos son coherentes.

6. Para transacciones inmobiliarias con desconocidos, es imprescindible que todo pago se realice por medios fehacientes: talón bancario conformado.

Otros contenidos